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Reglamento del Programa de Afiliados adPro

§1 Disposiciones generales

1. El organizador del Programa de Afiliados adPro es Adsystem Sp. z o.o., con sede en Bielany Wrocławskie, en la calle Atramentowa 11, NIP 8942678597, en adelante denominado el "Organizador".

2. El programa está dirigido exclusivamente a empresarios según el artículo 43¹ del Código Civil. El programa no está destinado a consumidores.

3. Pueden participar en el programa:

  • Agencias de publicidad

  • Agencias de marketing

  • Agencias de eventos

  • Agencias de medios, en adelante denominadas "Afiliados".

4. El presente Reglamento se rige por la legislación polaca, en particular:

  • La Ley de 23 de abril de 1964, Código Civil

  • Otras disposiciones legales de aplicación general

§2 Estructura del programa

1. El programa de afiliados adPro consta de tres niveles:

  • SILVER

  • GOLD

  • PLATINUM

2. Cada nivel ofrece un paquete de beneficios dedicado, cuya descripción detallada está disponible en los materiales informativos del Organizador.

§3 Normas de cooperación

1. La incorporación al programa se produce tras la verificación positiva del Afiliado por parte del Organizador.

2. El Afiliado se compromete a ejercer su actividad de acuerdo con la legislación vigente y con las normas de cooperación establecidas por el Organizador.

§4 Condiciones del crédito comercial y plazos de pago

1. El Organizador puede conceder a los Afiliados un crédito comercial con pago aplazado.

2. La concesión del crédito y su límite se determinan individualmente sobre la base de:

  • Evaluación de los documentos financieros del Afiliado

  • Verificación en las bases de datos KRD y BIG INFOMONITOR

  • Comprobación en bolsas de deudas

  • Historial de cooperación con el Organizador

3. Documentación financiera requerida: a) Para autónomos y sociedades civiles:

  • Declaración anual de IRPF de la actividad económica del año fiscal anterior

  • Extracto actual del libro de ingresos y gastos acumulado hasta el mes anterior a la solicitud

b) Para sociedades mercantiles:

  • Informe financiero del año fiscal anterior

4. El plazo de pago se establece individualmente para cada Afiliado en función del nivel de cooperación y puede ser de entre 7 y 60 días desde la fecha de emisión de la factura.

5. En caso de exceder el plazo de pago:

  • El Organizador tiene derecho a aplicar intereses legales por demora en operaciones comerciales

  • El Organizador puede suspender la ejecución de nuevos pedidos

  • El Organizador puede reducir o revocar el límite de crédito concedido

6. El Organizador se reserva el derecho a:

  • Denegar la concesión de crédito comercial sin necesidad de justificar la decisión

  • Modificar el límite de crédito concedido

  • Modificar el plazo de pago establecido

  • Suspender o revocar el crédito comercial en caso de retrasos en los pagos

§5 Disposiciones finales

1. El Organizador se reserva el derecho a modificar el Reglamento, informando previamente a los Afiliados con antelación suficiente.

2. Cualquier disputa derivada de la participación en el Programa será resuelta por el tribunal competente del domicilio del Organizador.

3. En los asuntos no regulados por el presente Reglamento se aplicarán las disposiciones de la legislación polaca, en particular el Código Civil.

4. El Reglamento entra en vigor el día 01.06.2025 r.